martes, 15 de enero de 2013



CUESTIONARIO

1.    1. Defina que es un medicamento de control

R/= Los medicamentos de Control Especial (M.C.E) son los que por su potencial de causar abuso y dependencia son restringidos en su comercialización por lo que su venta es exclusivamente bajo formula medica y se distinguen por una Franja Violeta que lleva en su empaque  con la inscripción de medicamento de control  especial.

2.    2. Que requisitos debe de cumplir toda prescripción  de medicamento de control especial.

R/= La cantidad total prescrita de medicamentos sometidos a fiscalización se hará, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

a) Medicamentos correspondientes a: "Analgésicos Narcóticos", "Analgésicos
Moderadamente Narcóticos", a "Barbitúricos o Medicamentos, que contienen
Barbitúricos, con excepción de Fenobarbital; a "Anfetaminas y Estimulantes Centrales"; a "Tranquilizantes e Hipnóticos no Barbitúricos" y demás medicamentos de control especial, hasta la dosis requerida para treinta (30) días calendario;

b) Medicamentos correspondientes a "Oxitócitos y Antihemorrágicos Uterinos", la dosis ordenada bajo la responsabilidad del médico tratante;
c) Fenobarbital, hasta las dosis requeridas para noventa (90) días calendario.

3. Como se reconocen o con que se identifican en su empaque los medicamentos de control especial.

R/= Franja violeta.
Es la característica que identifica a los medicamentos de control especial.

4  4.  Que entidades realizan a nivel nacional y local la distribución y comercialización los medicamentos de control especial.

R/= Para cualquier tipo de actividad con sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, las entidades públicas, privadas y personas naturales deberán estar inscritas ante la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes o Fondos Rotatorios de Estupefacientes de acuerdo a lo establecido en la presente norma. Modalidades de Inscripción: importación, exportación, compra y venta local, distribución mayorista nacional, fabricación y acondicionamiento de sustancias sometidas a fiscalización yo productos que las contengan se tramitarán directamente en la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes. los establecimientos distribuidores mayoristas a nivel nacional deberán relacionar la documentación de cada uno de los establecimientos de su propiedad. INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN, AMPLIACIÓN MODIFICACIÓN Las modalidades de dispensación, distribución minorista o mayorista dentro de un mismo Departamento se tramitará en cada uno de los Fondos Rotatorios de Estupefacientes. República de Colombia UAE - Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social.

5    5.Que requisitos o parámetros debe cumplir el libro de los medicamentos de control especial

R/= Todos los establecimientos Farmacéuticos que manejan medicamentos de control especial deben tener  un libro foliado y sellado por la oficina de control de medicamentos o quien haga sus veces, en donde el Farmacéutico Director debe registrar el movimiento de todos los medicamentos de control especial.
1-cantidad de medicamentos disponibles en el punto de venta.
2-nombre genérico y comercial de la sustancia
3-presentacion del producto
4-rotacion del producto, entradas salidas y saldos
5-nombre del médico que prescribe la formula
6-registro medico
7-fecha de expedición no mayor  30 días
8-no debe contener enmendaduras y tachones
9-hojas numeradas con respectivo consecutivos
El seguimiento a este libro con sus respectivos productos debe ser diario y debe ser llevado por un facultativo de la salud o regente de farmacia, ya que para cualquier visita de cualquier ente de salud se pueda demostrar el control para la dispensación de medicamentos controlados en dicho punto
Se debe tener en cuenta que 30 días mes de debe llevar el libro a la secretaria de salud para llevar un control y revisión especifica de los controlados

6   6.  Cuáles son los principios activos de control especial comercializado por el Fondo Nacional de Estupefacientes

R/=  a) Fenobarbital en todas sus presentaciones;

b) Hoja de Coca y sus Derivados;

c) Hidromorfona en todas sus presentaciones;

d) Morfina en todas sus presentaciones;

e) Meperidina o Petidina en todas sus presentaciones;

f) Elixir paregorico;

g) Metilfenidato en todas sus presentaciones;

h) Metadona en todas sus presentaciones;

i) Opio;

j) Hidrato de Cloral;

7  7. En que condiciones deben almacenarse y conservarse los medicamentos de control especial en los servicios farmacéuticos

R/= Se procede a almacenar en orden alfabético, forma farmacéutica  y por fechas de vencimiento.  Para el almacenamiento se debe garantizar que los medicamentos  estén protegidos de la humedad, luz, aire y temperatura.  Los medicamentos de control especial se almacenan bajo  llave. Los medicamentos que requieren cadena de frio, se  deben almacenar en nevera a temperatura entre 2ºC y 8ºC.

Ø  Fácil circulación de personal y suministros (tanto para entrar como para salir).
Ø  Fácil acceso que facilite las labores de limpieza.
Ø  Buena circulación del aire, que permita mantener la vida útil del medicamento.
Ø  Debe evitar que los rayos solares puedan llegar hasta los medicamentos.
Ø  Humedad relativa baja controlada.
Ø  Temperaturas apropiadas controladas.
Ø  Si se tiene depósito o almacén, conservar las cajas selladas con el fin de evitar polvo y otras suciedades.
Ø  Los refrigeradores y congeladores deben protegerse contra apagones con generadores de energía.
Ø  Las vacunas deben almacenarse en frío a la temperatura que indique en la etiqueta.
Ø  Debe existir un área restringida para medicamentos de control especial.
Ø  Alcohol y sustancias inflamables en cuartos herméticamente sellados, bien ventilado y aislado con materiales a prueba de incendio.
Ø  Como medida preventiva tener extinguidores de incendio y alarmas sensibles al humo.
Ø  Delimitar áreas para productos en cuarentena, retención o vencidos, Letreros de no Fumar.
Ø  Áreas restringidas donde sea necesario.
Ø  La entrega del medicamento debe ser en orden cronológico primero en entrar es primero en salir, por lo tanto los últimos que llegan se colocan en la parte posterior,
Ø  Cuando se detecta un producto inestable debe guardarse en un sitio especial para efectos de reclamo.
Ø  En el caso en que le medicamento deban re- empacar, re-envasarse y sellarse, se elaborara un rotulo con las siguientes indicaciones:

Nombre
Medicamento
Forma
Farmacéutica
Concentración
Fecha de vencimiento

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