CUESTIONARIO
1. 1. Defina que es
un medicamento de control
R/= Los medicamentos de
Control Especial (M.C.E) son los que por su potencial de causar abuso y
dependencia son restringidos en su comercialización por lo que su venta es
exclusivamente bajo formula medica y se distinguen por una Franja Violeta que lleva en su empaque con la inscripción de medicamento de control especial.
2. 2. Que
requisitos debe de cumplir toda prescripción
de medicamento de control especial.
R/= La cantidad total prescrita de medicamentos
sometidos a fiscalización se hará, teniendo en cuenta los siguientes
parámetros:
a) Medicamentos
correspondientes a: "Analgésicos Narcóticos", "Analgésicos
Moderadamente
Narcóticos", a "Barbitúricos o Medicamentos, que contienen
Barbitúricos, con
excepción de Fenobarbital; a "Anfetaminas y Estimulantes Centrales";
a "Tranquilizantes e Hipnóticos no Barbitúricos" y demás medicamentos
de control especial, hasta la dosis requerida para treinta (30) días
calendario;
b) Medicamentos
correspondientes a "Oxitócitos y Antihemorrágicos Uterinos", la dosis
ordenada bajo la responsabilidad del médico tratante;
c) Fenobarbital,
hasta las dosis requeridas para noventa (90) días calendario.
3.
Como se reconocen o con que se identifican en su empaque los medicamentos de
control especial.
R/= Franja violeta.
Es la característica
que identifica a los medicamentos de control especial.
4 4.
Que entidades realizan a nivel nacional y
local la distribución y comercialización los medicamentos de control especial.
R/= Para cualquier tipo de
actividad con sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier
otro producto que las contengan, las entidades públicas, privadas y personas
naturales deberán estar inscritas ante la U.A.E. Fondo Nacional de
Estupefacientes o Fondos Rotatorios de Estupefacientes de acuerdo a lo
establecido en la presente norma. Modalidades de Inscripción: importación,
exportación, compra y venta local, distribución mayorista nacional, fabricación
y acondicionamiento de sustancias sometidas a fiscalización yo productos que
las contengan se tramitarán directamente en la UAE Fondo Nacional de
Estupefacientes. los establecimientos distribuidores mayoristas a nivel
nacional deberán relacionar la documentación de cada uno de los
establecimientos de su propiedad. INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN, AMPLIACIÓN
MODIFICACIÓN Las modalidades de dispensación, distribución minorista o
mayorista dentro de un mismo Departamento se tramitará en cada uno de los
Fondos Rotatorios de Estupefacientes. República de Colombia UAE - Fondo
Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social.
5 5.Que requisitos o parámetros debe cumplir el
libro de los medicamentos de control especial
R/= Todos los establecimientos Farmacéuticos que manejan medicamentos de
control especial deben tener un libro foliado y sellado por la oficina de
control de medicamentos o quien haga sus veces, en donde el Farmacéutico
Director debe registrar el movimiento de todos los medicamentos de control
especial.
1-cantidad de medicamentos disponibles en el punto
de venta.
2-nombre genérico y comercial de la sustancia
3-presentacion del producto
4-rotacion del producto, entradas salidas y saldos
5-nombre del médico que prescribe la formula
6-registro medico
7-fecha de expedición no mayor 30 días
8-no debe contener enmendaduras y tachones
9-hojas numeradas con respectivo consecutivos
El seguimiento a este libro con sus respectivos
productos debe ser diario y debe ser llevado por un facultativo de la salud o
regente de farmacia, ya que para cualquier visita de cualquier ente de salud se
pueda demostrar el control para la dispensación de medicamentos controlados en
dicho punto
Se debe tener en cuenta que 30 días mes de debe
llevar el libro a la secretaria de salud para llevar un control y revisión
especifica de los controlados
6 6.
Cuáles son los principios activos de control
especial comercializado por el Fondo Nacional de Estupefacientes
R/= a) Fenobarbital en todas sus presentaciones;
b) Hoja de Coca y sus
Derivados;
c) Hidromorfona en
todas sus presentaciones;
d) Morfina en todas
sus presentaciones;
e) Meperidina o
Petidina en todas sus presentaciones;
f) Elixir paregorico;
g) Metilfenidato en
todas sus presentaciones;
h) Metadona en todas
sus presentaciones;
i) Opio;
j) Hidrato de Cloral;
7 7. En que condiciones deben almacenarse y
conservarse los medicamentos de control especial en los servicios farmacéuticos
R/= Se procede a almacenar en
orden alfabético, forma farmacéutica y por fechas de vencimiento.
Para el almacenamiento se debe garantizar que los medicamentos estén
protegidos de la humedad, luz, aire y temperatura. Los medicamentos de
control especial se almacenan bajo llave. Los medicamentos que requieren
cadena de frio, se deben almacenar en nevera a temperatura entre 2ºC y
8ºC.
Ø Fácil
circulación de personal y suministros (tanto para entrar como para salir).
Ø Fácil
acceso que facilite las labores de limpieza.
Ø Buena
circulación del aire, que permita mantener la vida útil del medicamento.
Ø Debe
evitar que los rayos solares puedan llegar hasta los medicamentos.
Ø Humedad
relativa baja controlada.
Ø Temperaturas
apropiadas controladas.
Ø Si se
tiene depósito o almacén, conservar las cajas selladas con el fin de evitar
polvo y otras suciedades.
Ø Los
refrigeradores y congeladores deben protegerse contra apagones con generadores
de energía.
Ø Las
vacunas deben almacenarse en frío a la temperatura que indique en la etiqueta.
Ø Debe
existir un área restringida para medicamentos de control especial.
Ø Alcohol y
sustancias inflamables en cuartos herméticamente sellados, bien ventilado y
aislado con materiales a prueba de incendio.
Ø Como
medida preventiva tener extinguidores de incendio y alarmas sensibles al humo.
Ø Delimitar
áreas para productos en cuarentena, retención o vencidos, Letreros de no Fumar.
Ø Áreas
restringidas donde sea necesario.
Ø La
entrega del medicamento debe ser en orden cronológico primero en entrar es
primero en salir, por lo tanto los últimos que llegan se colocan en la parte
posterior,
Ø Cuando se
detecta un producto inestable debe guardarse en un sitio especial para efectos
de reclamo.
Ø En el
caso en que le medicamento deban re- empacar, re-envasarse y sellarse, se
elaborara un rotulo con las siguientes indicaciones:
Nombre
Medicamento
Forma
Forma
Farmacéutica
Concentración
Fecha de vencimiento
Concentración
Fecha de vencimiento